BBDD Risctox

Busca y consulta información detallada sobre sustancias químicas específicas.

Buscar otras sustancias

propileno-bis(ditiocarbamato) de cinc polimérico, propineb (ISO)

Identificación

Nombre:
propileno-bis(ditiocarbamato) de cinc polimérico, propineb (ISO)
Nombre (Inglés):
polymeric zinc propylenebis(dithiocarbamate), propineb (ISO)
CAS:
9016-72-2

Lista negra

Sustancias especialmente peligrosas para el medio ambiente o la salud

CLASIFICACIÓN Y ETIQUETADO (Reglamento 1272/2008)

Símbolos

  • GHS07

    Toxicidad aguda (oral, cutánea, por inhalación)

  • GHS08

    Toxicidad crónica

  • GHS09

    Peligroso para el medio ambiente acuático

Frases H

  • H332 : Nocivo en caso de inhalación.

    Tox. ag. (Cat. 4 *) : Toxicidad aguda

  • H373** : Puede provocar daños en los órganos <indíquense todos los órganos afectados, si se conocen>

    STOT repe. (Cat. 2 *) : Toxicidad específica en determinados órganos (exposiciones repetidas)

  • H317 : Puede provocar una reacción alérgica en la piel.

    Sens. cut. (Cat. 1) : Sensibilización respiratoria o cutánea

  • H400 : Muy tóxico para los organismos acuáticos.

    Acuático agudo. (Cat. 1) : Peligroso para el medio ambiente acuático

Riesgos específicos para la salud

Sensibilizantes ?

Sustancias con potencial sensibilizante cutáneo o respiratorio

Lista

Normativa de restricción/prohibición de sustancias

Sustancias bajo evaluación. PACT ?

Sustancias en seguimiento activo a través de la herramienta PACT (Public Activities Coordination Tool) de la ECHA. Permite conocer qué autoridades regulatorias están examinando una sustancia y qué posibles acciones regulatorias se están considerando (restricción, identificación como SVHC, armonización de clasificación, etc.).

Estado miembro
Actividad
Última actualización
Alcance
Lista
Sustancias Pesticidas Autorizadas ?

Sustancias activas aprobadas para su uso en productos fitosanitarios (plaguicidas agrícolas) en la Unión Europea según el Reglamento (CE) nº 1107/2009. Incluye herbicidas, fungicidas, insecticidas, acaricidas y otros agentes de protección de cultivos con aprobación vigente a nivel europeo.

Fuente
Real Decreto 2163/1994
Plazo de renovación
Pureza mínima
la sustancia activa debe cumplir la especificación de la FAO
Usos
1) Sólo podrá ser utilizado como fungicida. 2) En la evaluación global, según los principios uniformes, atendiendo al informe de revisión de la Comisión Europea, aprobado por el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal en su reunión de 26 de febrero de 2003, se deberá atender especialmente a: - La posibilidad de contaminación de las aguas subterráneas, cuando la sustancia activa se aplique en regiones de características edáficas vulnerables o climáticas extremas, - La protección de los pequeños mamíferos, de los organismos acuáticos y de los artrópodos que no son objeto de tratamiento, e incluir, como condición en las correspondientes autorizaciones, cuando corresponda, medidas de reducción del riesgo, - La situación de la exposición alimentaria aguda de los consumidores con vistas a revisar en el futuro los límites máximos de residuos

Lista