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destilados (petróleo), productos de cabeza del despentanizador
Nombre
destilados (petróleo), productos de cabeza del despentanizador
Números de identificación
- CAS: 68477-894-4
- Nº C.E./EINECS: 270-771-8
- Ficha Internacional de Seguridad Química (INSHT): -
Más información
- Sinónimos: -
CLASIFICACIÓN (RD 363/1995)
No classifications available
CLASIFICACIÓN Y ETIQUETADO (Reglamento 1272/2008)
No classifications available
Símbolos
No symbols available
Notas
Listas
Sustancias restringidas REACH
Lista generada desde la tabla legacy_dn_risc_sustancias_restringidas
Limitaciones: Sin perjuicio de lo dispuesto en otras partes del presente anexo, será aplicable a las entradas 28 a 30 lo siguiente: 1. No se admitirán en las sustancias y preparados comercializados para su venta al público en general en concentración específica igual o superior: — bien a la concentración pertinente fijada en el anexo I de la Directiva 67/548/CEE, — bien a la concentración pertinente fijada en la Directiva 1999/45/CE. Sin perjuicio de la aplicación de otras disposiciones comunitarias sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y preparados peligrosos, el envase de tales sustancias o preparados deberá llevar de forma legible e indeleble la mención siguiente: «Reservado exclusivamente a usuarios profesionales». 2. No obstante, el punto 1 no se aplicará a: a) los medicamentos de uso humano y veterinario tal y como los definen las Directivas 2001/82/CE y 2001/83/CE; b) los productos cosméticos tal como los define la Directiva 76/768/CEE; c) — los carburantes cubiertos por la Directiva 98/70/CE, — los derivados de los hidrocarburos, previstos para uso como combustibles o carburantes en instalaciones de combustión móviles o fijas, — los combustibles vendidos en sistema cerrado (por ejemplo, bombonas de gas licuado); d) las pinturas para aristas contempladas en la Directiva 1999/45/CE.
Fuente: Reglamento 1907/2006 (REACH). Anexo XVII