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Identificación

Nombre:
Fenpropimorf
Nombre (Inglés):
cis-4-[3-(p-tert-butylphenyl)-2-methylpropyl]-2,6-dimethylmorpholine
Sinónimos:
  • cis/OT/-4-[3-(p-terc.IT.-BUTILFENIL)-2-METILPROPIL]-2,6-DIMETILMORFOLINA
CAS:
67564-91-4
Nº C.E./EINECS:
266-719-9
Fórmula molecular:
C20H33NO

Lista negra

Sustancias especialmente peligrosas para el medio ambiente o la salud

CLASIFICACIÓN Y ETIQUETADO (Reglamento 1272/2008)

Símbolos

  • GHS07

    Toxicidad aguda (oral, cutánea, por inhalación)

  • GHS08

    Toxicidad crónica

  • GHS09

    Peligroso para el medio ambiente acuático

Frases H

  • H361d *** : Se sospecha que daña al feto.

    Repr. (Cat. 2) : Toxicidad para la reproducción

  • H302 : Nocivo en caso de ingestión.

    Tox. ag. (Cat. 4 *) : Toxicidad aguda

  • H315 : Provoca irritación cutánea.

    Irrit. cut. (Cat. 2) : Corrosión o irritación cutáneas

  • H411 : Tóxico para los organismos acuáticos, con efectos nocivos duraderos.

    Acuático crónico. (Cat. 2) : Peligroso para el medio ambiente acuático

Riesgos específicos para la salud

Tóxicos para la reproducción ?

Sustancias clasificadas como tóxicas para la reproducción según el Reglamento 1272/2008

Lista

Riesgos específicos medioambiente

Sustancias peligrosas para el agua (Alemania) ?

Sustancias clasificadas con toxicidad acuática crónica según el Reglamento CLP (frases H410–H413, categorías Aquatic Chronic 1 a 4). Representan un peligro a largo plazo para los organismos acuáticos, incluso a concentraciones bajas y por exposición prolongada.

Clasificación MMA
3
Lista

Normativa ambiental

Accidentes graves (Seveso) ?

Sustancias peligrosas incluidas en el Anexo I de la Directiva Seveso III (Directiva 2012/18/UE), transpuesta en España por el Real Decreto 840/2015. Su presencia en instalaciones industriales en cantidades iguales o superiores a los umbrales establecidos determina la obligación de aplicar medidas de control de riesgos de accidentes graves.

Lista

Normativa de restricción/prohibición de sustancias

Sustancias Pesticidas Autorizadas ?

Sustancias activas aprobadas para su uso en productos fitosanitarios (plaguicidas agrícolas) en la Unión Europea según el Reglamento (CE) nº 1107/2009. Incluye herbicidas, fungicidas, insecticidas, acaricidas y otros agentes de protección de cultivos con aprobación vigente a nivel europeo.

Fuente
Real Decreto 2163/1994
Plazo de renovación
Pureza mínima
= 930 g/kg
Usos
Sólo podrá ser utilizado como fungicida
Lista
Biocidas Prohibidas ?

Sustancias activas cuya aprobación para uso biocida ha sido denegada o no renovada en el marco del Reglamento (UE) nº 528/2012 sobre biocidas. No pueden comercializarse ni utilizarse como sustancias activas en productos biocidas en la Unión Europea.

Fuente
Decisión 2007/565/CE
Exenciones
2008/08/22
Exenciones
Productos de limpieza, Conservantes empleados en metalurgia, Conservantes para productos enlatados
Lista