BBDD Risctox
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Identificación
- Nombre:
- 10-etil-4,4-dioctil-7-oxo-8-oxa-3,5-ditia-4-estannatetradecanoato de 2-etilhexilo
- Nombre (Inglés):
- 2-ethylhexyl 10-ethyl-4,4-dioctyl-7-oxo-8-oxa-3,5-dithia-4-stannatetradecanoate
- Sinónimos:
-
- DI-2-ETILHEXIL ESTERbis(CARBOXIMETILTIO)DIOCTILESTANNILENO, DI(2-ETILHEXIL) ESTER
- DI-n-OCTILESTAÑO bis(2-ETILHEXIL MERCAPTOACETATO)DIOCTILESTAÑO
- bis(2-ETILHEXILMERCAPTOACETATO)DIOCTILESTAÑO bis(2-ETILHEXILMERCAPTOACETATO)
- ACIDO 8-OXA-3,5-DITIA-4-STANNATOTRADECANOICO, 10-ETIL-4,4-DIOCTIL-7-OXO-, 2-ETILHEXIL ESTER
- 10-ETIL-4,4-DIOCTIL-7-OXO-8-OXA-3,5-DITIA-4-ESTAÑO-TETRADECANOATO DE 2-ETIL-HEXIL
- 2,2'-[(DIOCTIL-ESTANNILENO)bis(TIO)]bis-ACETATO DE DI-2-ETIL-HEXILO e
- ACIDO 2,2'-[(DIOCTILESTANNILENO)bis(TIO)]bis-2-ETILHEXIL 10-ETIL-4,4-DIOCTIL-7-OXO-8-OXA-3,5-DITIA-4-ESTANNATOTRADECANOATOACETICO
- CAS:
- 15571-58-1
- Nº C.E./EINECS:
- 239-622-4
- Fórmula molecular:
- C36H72O4S2Sn
CLASIFICACIÓN Y ETIQUETADO (Reglamento 1272/2008)
Símbolos
-
Toxicidad crónica
Frases H
-
H360D : Puede dañar al feto.
Repr. (Cat. 1B) : Toxicidad para la reproducción
Riesgos específicos para la salud
Según IARC ?
Sustancias clasificadas por la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer (IARC/OMS) según su evidencia de carcinogenicidad en humanos. Los grupos van del 1 (carcinógeno humano probado) al 4 (probablemente no carcinógeno para los humanos). La clasificación IARC es referencia internacional en salud laboral y ambiental.
Valores Límite Ambientales (VLA) ?
Valores límite ambientales de exposición diaria (VLA-ED) publicados por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST). Representan la concentración media de un agente químico en la zona de respiración del trabajador, medida o calculada de forma ponderada con respecto al tiempo para una jornada de 8 horas diarias.
Prohibidas para embarazadas
Sustancias prohibidas para trabajadoras embarazadas
ListaNormativa ambiental
LPCIC (EPER)
Sustancias prioritarias y contaminantes específicos en el marco de la política de aguas de la UE, establecidos por la Directiva Marco del Agua (2000/60/CE) y la Directiva de Sustancias Prioritarias (2008/105/CE y modificaciones). Sustancias que suponen un riesgo significativo para las aguas superficiales europeas y sujetas a normas de calidad ambiental (NCA).
EPER Agua ?
Sustancias de la Lista 1 del Anexo III de la Directiva IPPC (integrada en la Directiva de Emisiones Industriales 2010/75/UE). Contaminantes atmosféricos —incluidos SO₂, NOx, metales pesados y compuestos orgánicos— que deben tenerse en cuenta al fijar los valores límite de emisión para instalaciones IPPC.
Normativa de restricción/prohibición de sustancias
Sustancias restringidas REACH ?
Sustancias incluidas en el Anexo XVII del Reglamento REACH (CE) nº 1907/2006, sujetas a restricciones en su fabricación, comercialización o uso. Las restricciones pueden ser totales o parciales, limitando aplicaciones concretas, concentraciones máximas o colectivos de usuarios.
Limitaciones: 1. No se podrán comercializar como sustancias y componentes de preparados cuando actúen como biocidas antiincrustantes convencionales donde no estén unidos químicamente a la resina principal de la pintura. 2. No se podrán comercializar ni utilizar como sustancias y componentes de preparados que actúen como biocidas destinados a impedir las incrustaciones de microorganismos, plantas o animales en: Todas las embarcaciones, independientemente de su eslora, destinadas a ser utilizadas en canales marinos, costeros, estuarios, vías de navegación interior y lagos; Las cajas, flotadores o redes o cualquier otro aparejo o equipo utilizado en piscicultura y conquilicultura; Cualquier equipo o aparejo sumergido total o parcialmente. 3. No se admitirán como sustancias y componentes de preparados destinados a ser utilizados en el tratamiento de aguas industriales.
Fuente: RD 1406/1989. Anexo I. Parte I
Sustancias bajo evaluación. PACT ?
Sustancias en seguimiento activo a través de la herramienta PACT (Public Activities Coordination Tool) de la ECHA. Permite conocer qué autoridades regulatorias están examinando una sustancia y qué posibles acciones regulatorias se están considerando (restricción, identificación como SVHC, armonización de clasificación, etc.).
Candidatas Reach ?
Sustancias de Muy Alta Preocupación (SVHC, Substances of Very High Concern) identificadas por la ECHA e incluidas en la Lista de Candidatas del Reglamento REACH. Son sustancias con propiedades CMR, PBT, mPmB o de alteración endocrina susceptibles de ser incluidas en el Anexo XIV (autorización). Su inclusión genera obligaciones de notificación en artículos.
Lista