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Identificación

Nombre:
acetato de 4-aminofenilmercurio
Nombre (Inglés):
4-aminophenylmercury acetate
Sinónimos:
  • ACETATO DE 4-AMINOFENIL MERCURIO
CAS:
6283-24-5
Nº C.E./EINECS:
228-497-1
Fórmula molecular:
C8H9HgNO2

Lista negra

Sustancias especialmente peligrosas para el medio ambiente o la salud

CLASIFICACIÓN Y ETIQUETADO (Reglamento 1272/2008)

Símbolos

  • GHS06

    Toxicidad aguda (oral, cutánea, por inhalación)

  • GHS08

    Toxicidad crónica

  • GHS09

    Peligroso para el medio ambiente acuático

Frases H

  • H330 : Mortal en caso de inhalación.

    Tox. ag. (Cat. 2 *) : Toxicidad aguda

  • H310 : Mortal en contacto con la piel.

    Tox. ag. (Cat. 1) : Toxicidad aguda

  • H300 : Mortal en caso de ingestión.

    Tox. ag. (Cat. 2 *) : Toxicidad aguda

  • H373 ** : Puede provocar daños en los órganos <indíquense todos los órganos afectados, si se conocen>

    STOT repe. (Cat. 2 *) : Toxicidad específica en determinados órganos (exposiciones repetidas)

  • H400 : Muy tóxico para los organismos acuáticos.

    Acuático agudo. (Cat. 1) : Peligroso para el medio ambiente acuático

  • H410 : Muy tóxico para los organismos acuáticos, con efectos nocivos duraderos.

    Acuático crónico. (Cat. 1) : Peligroso para el medio ambiente acuático

Notas

  • R.1272-Nota A
  • R.1272-Nota 1
Etiquetado
Concentración Etiquetado
*
C >= 0,1 % STOT repe., 2; H373

Riesgos específicos para la salud

Disruptores endocrinos ?

Sustancias con actividad de disrupción endocrina

Nivel disruptor
NS
Lista
Neurotóxicos ?

Sustancias con efectos neurotóxicos

Efecto neurotóxico
SNC / OTOTÓXICO
Nivel
4
Fuente
14, 25
Lista
Ototóxicos ?

Sustancias con efectos ototóxicos

Efecto neurotóxico
SNC / OTOTÓXICO
Fuente
14, 25
Lista
Valores Límite Ambientales (VLA) ?

Valores límite ambientales de exposición diaria (VLA-ED) publicados por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST). Representan la concentración media de un agente químico en la zona de respiración del trabajador, medida o calculada de forma ponderada con respecto al tiempo para una jornada de 8 horas diarias.

Datos VLA
Lista

Riesgos específicos medioambiente

Toxicidad acuática (Directiva aguas) ?

Sustancias clasificadas con toxicidad acuática aguda según el Reglamento CLP (frase H400, Aquatic Acute 1). Presentan peligro inmediato para los organismos acuáticos y su uso o vertido puede causar daños rápidos en los ecosistemas acuáticos.

Lista

Normativa ambiental

LPCIC (EPER)

Sustancias prioritarias y contaminantes específicos en el marco de la política de aguas de la UE, establecidos por la Directiva Marco del Agua (2000/60/CE) y la Directiva de Sustancias Prioritarias (2008/105/CE y modificaciones). Sustancias que suponen un riesgo significativo para las aguas superficiales europeas y sujetas a normas de calidad ambiental (NCA).

EPER Agua
1
EPER Aire
1
EPER Suelo
Lista
EPER Agua ?

Sustancias de la Lista 1 del Anexo III de la Directiva IPPC (integrada en la Directiva de Emisiones Industriales 2010/75/UE). Contaminantes atmosféricos —incluidos SO₂, NOx, metales pesados y compuestos orgánicos— que deben tenerse en cuenta al fijar los valores límite de emisión para instalaciones IPPC.

EPER Agua
Lista
EPER Aire ?

Sustancias de la Lista 2 del Anexo III de la Directiva IPPC (integrada en la Directiva de Emisiones Industriales 2010/75/UE). Contaminantes que pueden afectar a las masas de agua superficiales y subterráneas y que deben considerarse en la autorización ambiental integrada de instalaciones industriales.

Lista
Accidentes graves (Seveso) ?

Sustancias peligrosas incluidas en el Anexo I de la Directiva Seveso III (Directiva 2012/18/UE), transpuesta en España por el Real Decreto 840/2015. Su presencia en instalaciones industriales en cantidades iguales o superiores a los umbrales establecidos determina la obligación de aplicar medidas de control de riesgos de accidentes graves.

Lista

Normativa de restricción/prohibición de sustancias

Sustancias restringidas REACH ?

Sustancias incluidas en el Anexo XVII del Reglamento REACH (CE) nº 1907/2006, sujetas a restricciones en su fabricación, comercialización o uso. Las restricciones pueden ser totales o parciales, limitando aplicaciones concretas, concentraciones máximas o colectivos de usuarios.

Comentario

Limitaciones: No se admitirán como sustancias o componentes de preparados destina dos a ser utilizados: a) Para impedir las incrustaciones de microorganismos, plantas animales en: Los cascos de los buques. Las cajas, flotadores, redes o cualquier otro. dispositivo o equipo utilizado en piscicultura o conquilicultura. Cualquier aparejo o equipo sumergido total o parcialmente. b) Para la protección de la madera. c) Para la impregnación de textiles industriales pesados y del hilo destinado a su fabricación. d) El tratamiento de aguas industriales, independientemente de su utilización. Se prohíbe la comercialización de pilas y acumuladores cuyo contenido de mercurio sea superior al 0,0005 por 100 en peso, incluso en los casos en que tales pilas y acumuladores vayan incorporados en aparatos. Las pilas tipo 'botón' y las baterías compuestas de las mismas, cuyo contenido de mercurio no supere el 2 por 100 en peso, están excluidas de esta prohibición.

Fuente: RD 1406/1989. Anexo I. Parte I

Lista
Sustancias bajo evaluación. PACT ?

Sustancias en seguimiento activo a través de la herramienta PACT (Public Activities Coordination Tool) de la ECHA. Permite conocer qué autoridades regulatorias están examinando una sustancia y qué posibles acciones regulatorias se están considerando (restricción, identificación como SVHC, armonización de clasificación, etc.).

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